ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN

C E L E B R A N  LAS PARTES:    

N O M B R E: GUSTAVO ENRIQUE ANDA ESTRADA QUE REPRESENTA LA EMPRESA “BAKHALAR” ASI COMO SUS DUEÑOS DE MARCA, FUNDADORES, CLIENTES Y/O COLABORADORES A QUIEN SE LE DENOMINA “EL DIVULGANTE / EL CLIENTE” Y POR LA OTRA, LA EMPRESA “ME VOY A CASAR” Así como sus dueños de marca, fundadores y/o socios, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL RECEPTOR / LA EMPRESA” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR CHRISTIAN LANDEROS GONZÁLEZ, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

PRIMERA. – Objeto. El presente Acuerdo se refiere a la información que EL DIVULGANTE proporcione o proporcionó al RECEPTOR y viceversa, ya sea de forma oral, gráfica o escrita y, en estos dos últimos casos, ya esté contenida en cualquier tipo de documento, para identificar una o las propuestas de innovación, campañas, estrategias o en su caso, para estructurar el o los proyecto(s) que se están desarrollando / que se van a desarrollar para todas sus marcas y/o proyectos, sólo cuando el DIVULGANTE así lo solicite.

SEGUNDA. – 1. EL RECEPTOR y EL DIVULGANTE únicamente utilizarán la información facilitada por ambos para el fin mencionado en la estipulación anterior, comprometiéndose ambos a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados, clientes y a cualquier persona que, por su relación con EL RECEPTOR, deba tener acceso a dicha información para el correcto cumplimiento de las obligaciones de ambos, siendo ambos responsables de delegar a las personas que divulgaran o recibirán la información.

  • EL RECEPTOR o las personas mencionadas en el párrafo anterior no podrán reproducir, modificar, copiar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente Acuerdo sin previa autorización escrita y expresa del DIVULGANTE.

Queda expresamente convenido la obra intelectual, así como sistema es propiedad intelectual de “EL DIVULGANTE” y “EL RECEPTOR” así como uso de marca y los dominios registrados por “EL DIVULGANTE” y terminaciones alucibas al nombre de la marca.

De igual forma, EL RECEPTOR adoptará respecto de la información objeto de este Acuerdo las mismas medidas de seguridad que adoptaría normalmente respecto a la información confidencial, evitando en la medida de lo posible su pérdida, robo o sustracción.
“LAS PARTES” se comprometen a no generar acciones de competencia desleal con entre ellos y con terceros, así mismo “EL RECEPTOR” se compromete a no replicar en su totalidad el trabajo con terceros que se consideren “Competencia” “DEL DIVULGANTE” y mantener la buena relación y ética profesional entre las partes.
En caso de que “EL DIVULGANTE” quisiera total exclusividad con “EL RECEPTOR” en cuanto a sus servicios dentro de la zona de BACALAR se deberá celebrar un contrato de Servicios por 1 año entre “LAS PARTES” donde se estipularán los servicios a convenir y a reservarse con terceros.

TERCERA. – Sin perjuicio de lo estipulado en el presente Acuerdo, ambas partes aceptan que la obligación de confidencialidad no se aplicará en los siguientes casos:

  1. Cuando la información se encontrará en el dominio público en el momento de su suministro al RECEPTOR o, una vez suministrada la información, ésta acceda al

dominio público sin infracción de ninguna de las Estipulaciones del presente Acuerdo.

  • Cuando la legislación vigente o un mandato judicial exija su divulgación. En ese caso, EL RECEPTOR notificará al DIVULGANTE tal eventualidad y hará todo lo posible por garantizar que se dé un tratamiento confidencial a la información.
  • En caso de que EL RECEPTOR pueda probar que la información fue desarrollada o recibida legítimamente de terceros, de forma totalmente independiente a su relación con EL DIVULGANTE.

CUARTA. – El DIVULGANTE también se obliga a cuidar, no transmitir a terceros la información de datos personales y proyectos de EL RECEPTOR al menos que se lleve a una instancia legal y así lo requiera la ley.

QUINTA. – Los derechos de propiedad intelectual de la información objeto de este Acuerdo pertenecen al DIVULGANTE o “Socios y/o Aliados” del mismo, así como proyectos alternos o complementarios y el hecho de revelarla al RECEPTOR para el fin mencionado en la Estipulación Primera no cambiará tal situación.

SEXTA. – Las partes se obligan a devolver cualquier documentación, antecedentes facilitados en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente Acuerdo en el supuesto de que cese la relación entre las partes una vez el RECEPTOR quede liquidado de cualquier deuda, compromiso que tenga con el DIVULGANTE y este se dé por pagado.

SÉPTIMA. – El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma del mismo por ambas partes, extendiéndose su vigencia hasta un plazo de 1 año después de finalizada la relación entre las partes o, en su caso, la prestación de un servicio, tomando en cuenta la información divulgada de dicho proyecto o idea antes de la firma de este contrato. La información divulgada entre “LAS PARTES” en ese lapso será confidencial de manera indefinida.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DECLARACIONES:

A. “EL CLIENTE”señala que cuenta con las facultades legales para celebrar el presente contrato.

B. “EL CLIENTE” señalan que es de nacionalidad mexicana y envía a “LA EMPRESA” identificación oficial vigente que acredita y avala su persona.

Que con fecha 23 de Enero DE 2024 “EL CLIENTE” celebró con “LA EMPRESA”, un Contrato para CREACIÓN DE CAMPAÑAS ADS EN META, para la marca “ROXANA ANDA” y marcas Filiales.

  1. Que requieren para la realización de CREACIÓN DE CAMPAÑAS ADS EN META señalado en la declaración anterior, los servicios de “LA EMPRESA” para llevar a cabo las acciones materia de este contrato, consistentes la cual especificada en el plan o planes de trabajo por parte de “LA EMPRESA” con fecha de inicio 31 Julio 2024, con acciones necesarias para la funcionalidad de lo pactado verbal y escrito desde un inicio y antes del inicio legal de este proyecto.
  1. DECLARA “LA EMPRESA”
  1. Que cuenta con los conocimientos profesionales, técnicos y la experiencia necesaria para realizar las labores contenidas en este contrato.
  • Que es de nacionalidad mexicana y que para efectos de este contrato señalan como su domicilio el ubicado en las calles de Camino a las Cienegas 2C Cuautitlán Izcalli Estado de México, Méx. CP 54715
  • Y que están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, con los siguientes números con RFC número: LAGC8804146H2 y se Expuesto lo anterior, las partes sujetan sus compromisos a los términos y condiciones insertos en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. “LA EMPRESA” se obliga a prestar a “EL CLIENTE”, sus servicios profesionales con el objeto de realizar las actividades consistentes en: , Y LOS  SERVICIOS QUE IMPLICAN Y VIENEN ESPECIFICADOS EN EL PLAN DE TRABAJO, ASÍ COMO COTIZACIÓN FINAL ENVIADA POR “LA EMPRESA.

SE DESGLOSAN LOS SERVICIOS CONTRATADOS:

1 sesión de estrategia y fijación de objetivo 1hr.
Calculadora de presupuesto Un conjunto de anuncios

3 Anuncios

1 video

2 Banners

Creación de copy

Levantamiento de brief

Reporte final de resultados

Monto de la Pauta puede varias y es adicional.

1 Optimización avanzada 1 Sesión de revisión de resultados 1 hr.

Los siguientes aspectos serán implementaciones de terceros en donde “LA EMPRESA” sólo funge como un intermediario en la programación, instalación y adecuación de las herramientas por lo que alguna falla en su funcionamiento será revisada por “LA EMPRESA” para su posible solución, pero “LA EMPRESA” no será responsable de las funciones, actualizaciones y/ó mal uso de terceros, se enlistan los siguientes proveedores:

  1. Terminal de cobro META
  2. Funcionamiento total y/o parcial de la Empresa en Meta
  3. Funcionamiento total y/o parcial de la cuenta publicitaria en Meta
  4. Funcionamiento total y/o parcial de cuentas de Facebook, Whatsapp y/o Instagram

SEGUNDA. “LA EMPRESA” se obliga a desarrollar el servicio profesional que se establece en la cláusula que antecede, para “EL CLIENTE” aportando toda su experiencia y capacidad, dedicándole el tiempo que sea necesario para el desarrollo óptimo del proyecto dentro de los horarios laborales establecidos.

TERCERA. Las partes están conformes en que la presente contratación tiene como fundamento, los lineamientos contenidos (acuerdos, contratos o convenios), se podrán convenir mediante contratos civiles y mercantiles.

CUARTA. “LA EMPRESA” se obliga a informar a “EL CLIENTE” del estado que guarde su labor. Para ello se establece como una obligación para “LA EMPRESA” la entrega de un informe de entrega de proyecto por medio escrito de manera semanal y hasta concluir el proyecto. “LAS PARTES” convendrán una hora y día

según convenga a sus actividades, siendo la entrega del informe por vía correo electrónico o video llamada según se requiera.

De forma complementaria se abrirá un grupo de Whatsapp entre “LAS PARTES” para notificar los comentarios y o respuestas a las dudas, a modo de seguimiento. Se establece que los horarios de atención son de Lunes a Viernes de 10:00am a 5:00pm y los cambios solicitados se podrán ver reflejados en un máximo de 5 días hábiles cómo máximo a partir de su solicitud por escrito por parte de “EL CLIENTE” en caso de proyectos que requieran más tiempo de producción hará saber las fechas de entrega durante los 3 días hábiles posteriores de la solicitud de “EL CLIENTE”.

QUINTA. “EL CLIENTE” proporcionará los diseños, fotografías, textos, audios y/o videos a usarse en el desarrollo general y estos serán los únicos que “LA EMPRESA” utilizará, “LA EMPRESA” no puede cambiar o modificar dichos diseños parcial o totalmente sin previa autorización de “EL CLIENTE” por escrito.

“LA EMPRESA” dará las fechas y especificaciones de requerimiento de diseño para que “EL CLIENTE” haga llegar a tiempo dicha información con fecha máxima de 5 días hábiles a partir de la fecha de inicio de contrato, teniendo este plazo máximo de 5 días hábiles para entregar el material COMPLETO solicitado por “LA EMPRESA” para el desarrollo de dicho proyecto, así como usuarios, contraseñas, acceso, especificaciones, fotografías, textos, logotipos, audios y/o videos así se requiera por parte de “LA EMPRESA”.

En caso de que “EL CLIENTE” incumpla con el envió de especificaciones, fotografías, textos, logotipos, audios, accesos, videos y/ó pagos; “EL CLIENTE” entenderá que el plan de trabajo será modificado en fechas así como fechas de entrega.

Así mismo “LA EMPRESA” está abierta a negociaciones de tiempo de recepción de información y/ó pagos.

En caso de que “EL CLIENTE” realizará un cambio sustancial en el plan de trabajo una vez iniciado el proyecto o módulo correspondiente sin causa imputable a “LA EMPRESA” o que no derive de una limitación tecnológica de las herramientas, softwares y proveedores externos; “LA EMPRESA” podrá recalcular los costos y fechas que dicho cambio implique.

“EL CLIENTE” se compromete a revisar, comentar y pedir los ajustes necesarios dentro de las primeras 48 hrs. Naturales una vez que “LA EMPRESA” haya notificado, por escrito o verbalmente a “EL CLIENTE” de dichos cambios y/o avances.

SEXTA. El presente contrato estará vigente del día 31 del mes de Julio de del 2024 y tendrá una duración de 6 meses a partir de la fecha de inicio. La fecha de finalización es el 31 de Diciembre de 2024 en caso de continuar con la relación cliente – empresa se deberá crear un nuevo contrato.

SÉPTIMA. “LA EMPRESA” recibirá por concepto de honorarios del proyecto total por la suma pactada por ambas partes por un total de $9,500mxn más IVA en caso de requerir factura por concepto de CREACIÓN DE CAMPAÑAS ADS EN META, la empresa enviará factura a “EL CLIENTE” desglosando el saldo y fecha de pago para “EL CLIENTE”, para todo servicio se requiere un anticipo del 50% mínimo para cada proyecto.

Los pagos quedan desglosados de la siguiente manera:

  1. Primer pago antes del 31 de Julio 2024 por la cantidad de $4,500 mxn
  2. Segundo pago antes del 30 de Agosto 2024 por la cantidad de $4,500 mxn o en caso de llagar al 80% del avance o la terminación anticipada del servicio.

OCTAVA. “LA EMPRESA” conviene en que las remuneraciones que perciba por la realización de los servicios materia de este contrato, serán las únicas contratadas en el proyecto o paquete seleccionado por “EL CLIENTE”, en caso de requerir otro servicio se realizará una nueva cotización y/o un nuevo contrato y/o un anexo a este mismo contrato y/o un nuevo plan de trabajo anexos a este.

NOVENA. “EL CLIENTE” se obliga a pagar los honorarios de “LA EMPRESA” a
través de la unidad administrativa correspondiente, previa entrega de los recibos o comprobantes respectivos, los cuales deberán reunir los requisitos fiscales que marca la legislación vigente en la materia así mismo “LA EMPRESA” enviará los
recibos de pago 5 días antes de la fecha de pago.

En caso de que “EL CLIENTE” incumpla con alguno de los pagos establecidos en la cláusula SÉPTIMA tendrá una tolerancia de 5 días hábiles para la realización del mismo. En caso de incumplimiento se establecerá un cargo operativo por reactivación, adicional sobre el monto del pago atrasado y la suspensión del trabajo programado, hasta en tanto no se liquide el monto señalado.

El monto convenido se calculará en horas/trabajo por el tiempo que se haya retrasado el proyecto en horas efectivas laborales.

DÉCIMA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la del Estado de México, así como a las disposiciones contenidas en el código Civil vigente para el Estado de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.

Leído el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman a 31 del mes de Julio del 2024.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS GUSTAVO ANDA CAMPAÑAS ADS

Al firmar estas de acuerdo con los términos y condiciones del servicio contratado

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